Hacienda deberá pagar más de 103 millones de pesos a Televisa.
- Ezeta News
- hace 1 día
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propinó un nuevo revés a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) al desechar, por mayoría de seis votos contra tres, un recurso de revisión que buscaba impugnar un fallo favorable a Grupo Televisa. El máximo tribunal confirmó así la sentencia que obliga al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a pagar a la televisora la cantidad de 103 millones 73 mil 347 pesos, correspondientes a intereses generados por el cobro indebido de impuestos en los ejercicios fiscales de 1998, 1999, 2003 y 2004 . Esta resolución cierra un litigio de más de dos décadas y deja firme la obligación del fisco de realizar el pago, que se suma a los 288 millones de pesos que ya había devuelto a la empresa por el mismo concepto.

El proyecto, presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, estableció que la SHCP carecía de legitimidad para interponer el recurso de revisión, ya que sus argumentos se centraban en cuestiones de legalidad y no en un análisis de constitucionalidad.
El ministro ponente explicó que la sentencia impugnada por la autoridad hacendaria no le causaba un perjuicio directo, pues el Tribunal Colegiado se pronunció únicamente sobre la mecánica para el cálculo de intereses conforme al Código Fiscal de la Federación, sin efectuar un contraste con la Constitución. "Resulta inconcuso que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público carece de legitimación ad causam", aseveró Espinosa Betanzo durante la sesión en la que se resolvió el amparo directo en revisión 2473/2025.
La decisión del Pleno no estuvo exenta de controversia, pues las ministras Lenia Batres Guadarrama y María Estela Ríos González, así como el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, votaron en contra del proyecto. Batres Guadarrama expresó su desacuerdo en un tono visiblemente molesto, advirtiendo que el desechamiento del recurso "causa un perjuicio directo a la sociedad y al Estado" y podría generar un precedente dañino al permitir "exenciones de impuestos y ventajas indebidas, prohibidas en la Constitución" . Por su parte, la ministra Ríos defendió que Hacienda sí contaba con legitimidad, pues el tribunal colegiado le había reconocido el carácter de tercero interesado.
El origen de esta disputa fiscal se remonta a pagos excedentes realizados por Televisa en el impuesto al activo consolidado a finales de los años noventa y principios de los dos mil, los cuales fueron considerados indebidos por la justicia administrativa. Tras la resolución de la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) en 2018, la empresa obtuvo un amparo que ahora la Corte ha ratificado, ordenando el pago de los intereses generados por la retención injustificada de esos capitales durante años.
En un asunto relacionado, la SCJN también fijó criterios generales al resolver la contradicción de tesis 158/2018, determinando que el pago de intereses por devoluciones fiscales procede únicamente cuando existe una sentencia que así lo ordene, y no de manera automática con la nulidad del crédito fiscal.





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