Senado aprueba multas de hasta 23 mdp por acoso telefónico comercial
El Senado de la República aprobó por unanimidad, con 96 votos a favor, una reforma a los artículos 18 Bis y 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor para sancionar el acoso telefónico comercial con multas que van de los 56,570 pesos hasta los 2 millones 345,728 pesos (equivalente a 23 millones de pesos en moneda nacional). La iniciativa, presentada por la senadora del PAN Mayuli Martínez Simón, establece la prohibición para que proveedores y empresas realicen llamadas telefónicas o comunicaciones por cualquier otro medio no autorizado de forma reiterada y persistente con fines comerciales o publicitarios.

La reforma contempla la creación de un Registro Público contra el Acoso Telefónico Comercial, en el que las personas podrán inscribirse gratuitamente para manifestar su negativa a recibir publicidad por llamadas. Las empresas estarán obligadas a consultar y respetar esta voluntad. Además, la legislación mantiene la responsabilidad solidaria de los proveedores cuando la publicidad sea enviada a través de terceros, con el objetivo de evitar que las compañías evadan su responsabilidad argumentando que las llamadas fueron realizadas por externos.
Durante la presentación del dictamen, la senadora Mayuli Martínez destacó que la medida atiende "un problema social que creció de manera alarmante en nuestro país". "Esta reforma representa una herramienta que inhibirá el acoso telefónico comercial y que contribuya a la voluntad del consumidor y que se respete su privacidad", señaló la legisladora quintanarroense. La iniciativa también busca sancionar a las empresas que incumplan las prohibiciones relativas al uso indebido de datos personales con fines mercadotécnicos o publicitarios.
La minuta fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis y eventual aprobación. La reforma se suma a otras medidas recientes en materia de protección al consumidor, como las acciones de la CONDUSEF contra el acoso telefónico de instituciones financieras, que desde enero de 2026 cuenta con mayores facultades sancionadoras y hasta 180 días naturales para emitir resoluciones de multas contra bancos infractores.





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